Recuperar el IVA de las facturas impagadas es posible pero hay que estar muy atento a los
plazos que marca la Agencia Tributaria para poderlo recuperar.
En resumen para una PYME:
1.- Fecha Emisión Factura
2.- A los 6 Meses, iniciar proceso judicial (Monitorio)
3.- En los Tres Meses siguientes emitir Factura Rectificativa.
4.- En un mes desde la Fecha Emisión Factura Rectificativa, remitir a la Agencia Tributaria y al cliente una copia de ella.
A continuación os dejo unos enlaces de la web de la AEAT donde se explica claramente.
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