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Integración del Régimen Especial Agrario en el Régimen General

Integración del Régimen Especial Agrario en el Régimen General

Con efectos 1 de enero de 2012, se integrarán en el Régimen General de la Seguridad Social los trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial Agrario, así como los empresarios a los que prestan sus servicios, mediante la creación de un Sistema Especial, según lo dispuesto en la Ley 28/2011 de 22 de septiembre (BOE del 23).
Para ello, los empresarios deberán presentar en cualquier Administración de la Seguridad Social o a través de Registro Electrónico, los modelos TA.6 o TA.7 para la solicitud de un Código de Cuenta de Cotización –CCC- específico del Sistema Especial Agrario del Régimen General y el modelo TA 0163 para solicitar el alta de los trabajadores, si esta no se realiza a través del Sistema RED. Las solicitudes de exclusión o reincorporación al Sistema Especial Agrario se formularán mediante el formulario TA 0161, el cual estará disponible en la página Web a partir del día 1 de enero de 2012.
El detalle de esta información, así como las características de la cotización a la Seguridad Social en el nuevo Sistema Especial y las preguntas más frecuentes al respecto pueden consultarse en los documentos incluidos en esta página.
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Preguntas más frecuentes Abrir el documento:Preguntas más frecuentes en Castellano. El documento se abrirá en una nueva ventana. PDF 99 kb 07/12/2011



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