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Devolución parcial de gasoleo agrícola y profesional


La normativa ha entrado en vigor 24 de abril de 2010, día siguiente a la publicación de la Orden EHA/993/2010, de 21 de abril, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuestos sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos.

Para más información acceder al portal de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.gob.es, apartado “Gasóleo Agrícola” o bien contactar con el teléfono 901 33 55 33.


Devolución parcial por adquisiciones a partir de 2009



No olvide que nuestro despacho ofrece un servicio para su solicitud, evitándole desplazamientos y esperas innecesarias, para contratarlo consulte con nosotros.
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